Modelo 347- Declaración anual de operaciones con terceros.

//Modelo 347- Declaración anual de operaciones con terceros.

Modelo 347- Declaración anual de operaciones con terceros.

El Modelo 347 es una declaración anual informativa de las operaciones con terceras personas que se han realizado a lo largo del ejercicio fiscal.

Hacienda cruza los datos de este modelo presentado por autónomos y empresas, comprobando la correlación de las operaciones declaradas entre clientes y proveedores, aunque se permiten las discrepancias en los períodos trimestrales, la cifra anual debe coincidir siempre. Por ello es muy recomendable cotejar nuestras cifras del 347 con clientes y proveedores, para asegurarnos de que coinciden antes de presentar el modelo en la Agencia Tributaria; para ello podemos enviar una carta de comprobación del 347.

¿ QUIÉN TIENE OBLIGACIÓN DE PRESENTAR EL MODELO 347?

  • Autónomos.
  • Sociedades
  • Pymes
  • Entidades de carácter social
  • Asociaciones sin ánimo de lucro
  • Comunidades de bienes
  • Comunidades de propietarios
  • Entidades referidas en el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria que lleven a cabo actividades de naturaleza empresarial o profesional.
  • Entidades sociales incluidas en el artículo 20.3 de la Ley del IVA.

Siempre que, el importe total de las operaciones con terceros, superen los 3.005,06 euros, con independencia de la naturaleza de las operaciones.

¿QUÉ SE DECLARA?

  • Entregas y adquisiciones de bienes y servicios, tanto con IVA y sin IVA como exentas de dicho impuesto
  • Operaciones inmobiliarias
  • Subvenciones y ayudas no reembolsables
  • Operaciones de entidades aseguradora
  • Anticipos de clientes y proveedores
  • Arrendamientos no sujetos a retención

¿CUÁL ES EL PLAZO DE PRESENTACIÓN Y CÓMO SE REALIZA?

La fecha de presentación del modelo 347 es desde el 1 de febrero hasta el 2 de marzo del 2020, al ser este año bisiesto, ya que normalmente el plazo termina el día 28 de febrero.

El modelo 347 se presenta de manera telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, para lo que se necesitará certificado digital o Cl@ve PIN. Este modelo no se puede presentar de manera presencial.

OPERACIONES EXENTAS DE DECLARAR EN EL MODELO 347

  • Las operaciones relacionadas con entrega de bienes o servicios en las que no exista obligación de facturar. O aquellas incluidas en los regímenes especiales de agricultura, ganadería y pesca.
  • Las operaciones que se encuentren al margen de la actividad empresarial y profesional del contribuyente.
  • Aquellas operaciones realizadas a título gratuito y no sujetas a IVA
  • Alquileres exentos de IVA fuera de la actividad empresarial
  • Compras de timbres o sellos postales(excepto si forman parte de alguna colección)
  • Operaciones exentas de IVA por parte de alguna entidad social
  • Exportaciones e importaciones fuera de España, Canarias, Ceuta y Melilla(salvo que las dos partes tengan su sede en España)
  • Si ya hay otro canal por el que se está informando a la Agencia Tributaria de una operación facturas con retención que se declaren en el modelo 190, alquileres con retención que se declaren en el modelo 180.

INFORMACIÓN PARA RELLENAR EL MODELO 347

A la hora de declarar una operación vamos a necesitar una serie de datos que más tarde nos solicitará el modelo 347. Esta información es:

  • Los datos identificativosdel cliente o proveedor
  • El importe total de las ventas o la cuantía total de las compras (incluimos el IVA)
  • Distribución por trimestres del importe de las transacciones

Es importante recordar que hay que dejar al margen facturas con retención (estas se declaran en otros modelos). Así como las que correspondan a operaciones intracomunitarias u operaciones internacionales.

Para cualquier duda y una buena gestión, insistimos desde aquí en la importancia de contar con profesionales, no dudes en contactar con nosotros, lo puedes hacer a través de nuestra página webnuestras redes sociales o nuestro email. Os atenderemos también en nuestras oficinas C/ Santo Nicasio 2, bajo izquierda, o bien en los números de teléfono 948645654 / 948646422

Por | 2020-02-17T11:20:34+01:00 febrero 17th, 2020|Sin categoría|