La campaña de Renta 2018, comenzó el pasado 2 de abril, y durará hasta el 24 de junio. En el post de hoy hablaremos de las novedades de la Campaña de la Renta a nivel Estatal, y haremos un segundo post dedicado a la Campaña de Renta de Navarra.
El fin de la tributación por las prestaciones de maternidad y paternidad, la reducción de cuota para rentas bajas o las mayores deducciones para la inversión en nuevas empresas, familias numerosas o gastos de guardería figuran entre las novedades de la campaña de la renta 2018.
Algunas novedades a destacar:
- Con efectos a partir del 05 de julio de 2.018, quedan exentos de declarar las personas que perciban hasta 14.000€ anuales (antes el límite era de 12000€); en cualquier caso, no estarán obligados a declarar aquellos contribuyentes que tengan rendimientos del trabajo inferiores a 22.000€ anuales cuando estos procedan de un solo pagador, o cuando viniendo de varios se produce alguno de los supuestos previstos por la norma (pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas; el pagador no esté obligado a retener o sean rendimientos sujetos a un tipo fijo de retención). Régimen aplicable en 2.018: En el ejercicio 2.018, el límite de 14.000,00 € señalado será de 12.643,00 €, salvo que el impuesto se hubiera devengado antes del 05 de julio de 2.018, en cuyo caso el límite será de 12.000,00 €.
- Los ingresos correspondientes a las prestaciones de maternidad y paternidad cobrados en 2018 están exentos de tributación de IRPF; igualmente, se aumentan los importes exentos de las becas.
- Se elevan las deducciones por maternidad, permitiendo deducirse hasta 1000€ adicionales para madres trabajadoras que satisfagan gastos de guardería o centro infantil autorizado por hijos menores de 3 años.
- Se incrementa el importe de la Deducción por familia numerosa, hasta 600 € anuales por cada hijo que exceda del número mínimo de hijos exigido para ser considerada como tal.
- Se incluye un nuevo supuesto de Deducción por personas con discapacidad a cargo, para el supuesto de cónyuge no separado legalmente discapacitado, con unos requisitos.
- Los contribuyentes que inviertan en empresas de nueva creación podrán deducirse hasta el 30 % de los importes invertidos, con una base máxima de deducción de 60.000 euros (hasta ahora era el 20 % del importe con una base de 50.000 euros).
- Para los empresarios autónomos, el BOE recoge la introducción de dos nuevas casillas dentro del apartado «Rendimientos de actividades económicas en estimación directa», para identificar los gastos por suministros como fiscalmente deducibles para los autónomos que trabajen desde casa; y se incorpora una deducción a unidades familiares formadas por residentes fiscales en Estados miembros de la UE o del Espacio Económico Europeo
Si tienes dudas de afrontar esta campaña y quieres saber más, consúltanos. Nuestro equipo siempre está al día de las últimas novedades legales y cambios legislativos. Nos ponemos a vuestra disposición para la tramitación de la declaración, al igual que venimos haciendo desde hace muchos años.